lunes 29 de abril de 2024 - Edición Nº2308
Gaceta Fueguina » Nacionales » 25 may 2020

Nacionales

Excluyen de los ATP a quienes cobren más de 250 mil pesos

Para direccionar los recursos hacia trabajadores en situación de vulnerabilidad económica


TAGS: REDIRECCIóN, ATP

El gobierno nacional postergó el pago de aportes patronales de mayo y estableció que la ayuda para el pago de salarios alcanzará solo para aquellos trabajadores que perciban un bruto de hasta 250 mil pesos, según las declaraciones juradas presentadas por el empleador.

 
 

En tanto, para todo el universo de empresas que prestan las actividades incorporadas al ATP se definió la postergación del pago de contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante mayo. 

Ambas medidas fueron publicadas hoy en la Decisión Administrativa 887/2020 publicada en el Boletín Oficial y fueron tomadas a través de una recomendación del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

"Dado que la situación de este pequeño conjunto de trabajadores es notoriamente más holgada que la del resto, se sugiere excluirlos de la ATP para así poder direccionar los recursos estatales a quienes corran mayores riesgos de caer en situaciones de vulnerabilidad económica", señaló el Comité.

Lo que ese organismo recomendó fue un “límite salarial” de modo tal que no queden comprendidos como potenciales beneficiaros del Salario Complementario los trabajadores y trabajadoras cuya remuneración bruta devengada en el mes de marzo de 2020 supere la suma de 250 mil pesos.

Por otro lado, se resolvió que el Estado también abone hasta el 50% de los trabajadores que están en situación de pluriempleo. Y en este, el salario complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50 por ciento de la sumatoria de los salarios netos correspondientes al mes de febrero de 2020.

No obstante, la medida estableció que el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil (16.875 pesos) ni superior a la suma equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles (33.750).

 En atención a la extensión de los beneficios del Programa ATP relativos a la postergación del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante mayo, el Comité recomendó que sean alcanzados por dicho beneficio el universo de empresas que prestan las actividades incorporadas al programa.

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